Fin a la Fuga de Capitales

Ha llegado el Fin a la Fuga de Capitales, después de catorce meses consecutivos. La situación actual muestra como en el mes de septiembre se produjeron entradas netas por valor de 30.997,9 millones, según datos del Banco de España.

La salida neta de capitales del país (sin contar con las operaciones del Banco de España) acumulada entre enero y septiembre disminuyó hasta los 216.174,8 millones de euros, después de que en el mes de septiembre se produjeran entradas netas por valor de 30.997,9 millones.

Si analizamos meses anteriores, la cifra acumulada en los nueve primeros del año sigue siendo muy superior a la registrada en el mismo periodo del año anterior en el que salieron 8.306,2 millones, de acuerdo con los datos de la balanza de pagos publicados por el Banco de España. Sin embargo la mayor parte del saldo negativo acumulado hasta septiembre se corresponde con operaciones interbancarias (entre entidades financieras).

En total, las inversiones en el mercado financiero -préstamos, depósitos y otros instrumentos- acumularon salidas netas por valor de 159.460,7 millones, frente a las entradas netas de 12.488,5 millones en el mismo período de 2011.

 

En lo que respecta a las inversiones de cartera -acciones, fondos de inversión, bonos y obligaciones, e instrumentos del mercado monetario-, se produjeron salidas netas por valor de 70.275,5 millones, mientras que un año antes salían 11.655,1 millones.

En este caso fue mayor la huida de capital extranjero (83.643,5 millones), en tanto que se repatriaron a España fondos por importe 13.368 millones.

Frente a las fugas de capital, las inversiones directas originaron en los nueve primeros meses del año entradas netas de 8.478,1 millones, cuando un año antes salían 8.868,6 millones.

El Banco de España es el banco central nacional y el supervisor del sistema bancario español. Su actividad está regulada por la Ley de Autonomía del Banco de España.

El inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria (UEM) el 1 de enero de 1999 supuso la redefinición de algunas de las funciones ejercidas hasta entonces por el resto de los bancos centrales nacionales de la zona del euro.

En el caso de España, fue necesario modificar la Ley de Autonomía del Banco de España para recoger la potestad del Banco Central Europeo (BCE) en la definición de la política monetaria de la zona del euro y sus facultades en la política de tipo de cambio y para adaptarse a las disposiciones tanto del Tratado de la Unión Europea (TUE), como de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y a las orientaciones e instrucciones emanadas del BCE.

Desde el 1 de enero de 1999 el Banco de España participa en el desarrollo de las siguientes funciones básicas atribuidas al SEBC:

  • Definir y ejecutar la política monetaria de la zona del euro, con el objetivo principal de mantener la estabilidad de precios en el conjunto dicha zona.
  • Realizar las operaciones de cambio de divisas que sean coherentes con las disposiciones del artículo 111 del TUE, así como poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas del Estado.
  • Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago en la zona del euro.
  • Emitir los billetes de curso legal.

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